DERECHOS HUMANOS
Históricamente, la noción de los Derechos Humanos corresponde con la afirmación de la dignidad de la persona frente al Estado. El poder público debe ejercerse al servicio del ser humano: no puede ser empleado lícitamente para ofender atributos inherentes a la persona y debe ser vehículo para que ella pueda vivir en sociedad en condiciones de similitud o concordancia con la misma dignidad que le es consustancial.
El ser persona implica, entre otros atributos, la capacidad de poder relacionarse e interactuar con los demás individuos. Ello en virtud de que la sociedad ha sido creada por el mismo hombre, quien a su vez ha contribuido a organizarla conforme sus intereses, es decir, procurando alcanzar su felicidad. En esa búsqueda de felicidad, el ser humano ha diseñado mecanismos de defensa que le permitan salvaguardar uno de sus atributos más preciados: su dignidad.
En este contexto, la idea de protección a la dignidad humana se introdujo en el Derecho positivo, tanto a nivel internacional como nacional, sobre todo a consecuencia del movimiento de defensa de los derechos humanos que tiene verificativo en la segunda mitad del siglo XX.
Por ello entendemos que:
DIGNIDAD HUMANA: Es el derecho que tiene cada ser humano de ser respetado y valorado como un ser individual y social, con sus características y condiciones particulares, por el solo hecho de ser persona. Siendo un valor intrínseco e inalienable que constituye la base de todos los derechos. En conclusión, la dignidad se convierte en un valor humanizante.
DERECHO: Es un conjunto de normas que permiten resolver los conflictos en el seno de una sociedad, convirtiéndose en la facultad del ser humano para hacer o exigir lo que la ley o la autoridad establece en su favor. La palabra derecho proviene del término latino “directum,” que significa “lo que está conforme a la regla”. El derecho se inspira en postulados de justicia y constituye el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad. La base del derecho son las relaciones sociales, las cuales determinan su contenido y carácter.1
1. DERECHOS HUMANOS
1.1. CONCEPTO: Los derechos humanos son un conjunto de derechos y libertades fundamentales que tenemos todas las personas por el mero hecho de existir. Respetarlos permite crear las condiciones indispensables para que los seres humanos vivamos dignamente en un entorno de libertad, justicia y
paz. Por ello los derechos humanos están fuera del alcance de cualquier poder político.
En otras palabras, se trata de facultades que se reconocen a todos los seres humanos por su condición de tales, con independencia de las circunstancias sociales y de las diferencias entre los individuos.
Los Derechos Humanos fueron declarados el 10 de diciembre de 1948 y son importantes porque fundamentan la dignidad humana y condición para que todos sean respetados.
1.2. CARACTERÍSTICAS: Gracias a esta declaración, asumen las siguientes características:
Son universales: lo que significa que todas las personas tienen la misma dignidad y nadie puede ser excluido o discriminado.
Son naturales: es decir, su origen no está en el Estado o en las leyes, sino en la naturaleza o dignidad de las personas.
Son inalienables: porque ninguna persona puede renunciar a ellos o negociarlos, y porque el estado tampoco puede disponer de los derechos de los ciudadanos (as).
Son obligatorios: porque deben ser respetados por toda persona y el Estado, aunque no exista una ley que así lo establezca.
Son indivisibles: porque suprimir alguno de ellos pone en peligro, el ejercicio de todos los demás.
Son Inviolables: porque los derechos humanos no pueden ser lesionados o destruidos ya que ello constituye un atentado contra la naturaleza humana.
Son Imprescriptibles: porque lo derechos humanos no son susceptibles al paso del tiempo, es decir no caducan como tal.
Son Progresivos: ya que la sociedad humana como tal avanza y es dinámica, y con el paso del tiempo podrían ser reconocidos otros más.
Son Irreversibles: los actuales derechos humanos, con el pasar del tiempo bajo ninguna circunstancia pueden ser menos del número que hay en la actualidad.
1.3. TIPOLOGÍA DE LOS DERECHOS HUMANOS: La forma más común de clasificar los derechos humanos está relacionada con los momentos históricos en que fueron reconocidos. Cada momento dio origen a una generación de derechos, que no reemplazan a los previos, sino que agregan nuevas categorías. Para poder comprender la evolución de los Derechos humanos, resulta fundamental establecer su tipología generacional basándose en los derechos, los valores morales y los modelos de Estado que los promueven.
Cívica Tomo I-II CEPRUNSA I Fase-2022
Reviewed by Corporación Intexpro
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junio 01, 2021
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